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El juzgado avala la actualización de los grados de dispersión geográfica de las zonas básicas de salud realizada por el SES - General

17.09.14 - 13.40 - por: Extremadura.com / redacción

El citado índice es un concepto retributivo utilizado para compensar los desplazamientos de médicos, pediatras y enfermeros de los equipos de atención primaria dentro de su jornada ordinaria

La actualización de los grados de dispersión geográfica de las zonas básicas de salud de Extremadura es conforme a derecho, según acaba de fallar el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Mérida, desestimando de este modo el recurso interpuesto por los coordinadores de los centros de salud de Almendralejo-San José, Aceuchal y Hornachos.

El citado índice es un concepto retributivo utilizado para compensar los desplazamientos de médicos, pediatras y enfermeros de los equipos de atención primaria dentro de su jornada ordinaria.

El Servicio Extremeño de Salud (SES) procedió a principios de año, con efecto desde el 1 de enero, a la revisión de este índice -que no se actualizaba desde el 2002- mediante una resolución por la que se dictaban las instrucciones para calcularlo.

Ante ello, los coordinadores de los centros de salud de Almendralejo-San José, Aceuchal y Hornachos interpusieron un recurso contencioso administrativo, sin que actuaran con poderes de representación de ninguno de los miembros de sus equipos.

Con fecha de 9 de septiembre de 2014, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Mérida ha fallado a favor del SES, al considerar que su resolución es “conforme a derecho” y ha impuesto a los recurrentes las costas causadas.

En concreto, la sentencia establece que la Administración ha actuado dentro de sus potestades de autogestión, sin extralimitarse en su potestad de organización y sin que, en ningún caso, se haya producido indefensión.

Añade que la actualización del factor de dispersión geográfica se ha llevado a cabo aplicando la metodología existente para ello y teniendo en cuenta las variaciones producidas en la realidad del momento.

UNA ACTUALIZACIÓN PENDIENTE DESDE 2002

Antes de que Extremadura asumiera las competencias sanitarias, en 2002, el antiguo INSALUD, mediante las instrucciones para la elaboración de nóminas, revisaba anualmente los grados de dispersión de las diferentes zonas de salud para asignar correctamente este concepto retributivo.

Sin embargo, desde que se produjo el traspaso de competencias, el SES no había revisado los grados de dispersión, e incluso se cayó en la incongruencia de crear centros nuevos y asignarles el grado de dispersión de la zona próxima, en vez de recalcular el grado de la existente conforme a la fórmula establecida.

Debido a la no realización de esa revisión, los profesionales de la mayoría de las zonas sanitarias han estado cobrando por este concepto desde 2002 cantidades inferiores a las que les habrían correspondido, mientras que en otros casos han percibido un complemento superior al que habría resultado con la revisión.

Ante esta situación, el SES revisó a principios de este año los grados de dispersión de todos los equipos de atención primaria y, como consecuencia, los profesionales de 23 zonas de salud han visto aumentado su grado de dispersión, y por lo tanto sus retribuciones, desde el pasado 1 de enero, mientras que en el caso de 13 zonas se han reducido.

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