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El TSJEx reconoce la imposibilidad de ejecución de la sentencia relativa a la Oferta Pública de Empleo de 2007 en la categoría de Enfermería de Atención Continuada - General

21.10.14 - 13.09 - por: Extremadura.com / Redacción

Dicha sentencia, emitida por el Tribunal Supremo, exigía repetir las pruebas de acceso a la oferta pública de empleo en esta especialidad celebrada en 2007 por el anterior gobierno socialista y obligaba a paralizar las oposiciones de 2011

El consejero de Salud y Política Sociosanitaria, Luis Alfonso Hernández Carrón, ha dado a conocer el auto del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que reconoce la imposibilidad de ejecución de la sentencia relativa a la Oferta Pública de Empleo de 2007 en la categoría de Enfermería de Atención Continuada, atendiendo así la petición formulada por el Gobierno regional.

Dicha sentencia, emitida por el Tribunal Supremo, exigía repetir las pruebas de acceso a la oferta pública de empleo en esta especialidad celebrada en 2007 por el anterior gobierno socialista y obligaba a paralizar las oposiciones de 2011 en la categoría de Enfermería de Atención Continuada del SES.

Carrón recordó que la decisión del Supremo ordenaba la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición, dentro de la categoría de enfermeros de Atención Continuada de 2007, “o lo que es lo mismo, obligaba a repetir ese segundo ejercicio y exigía volver a calificar y a realizar todos los trámites relativos a este proceso selectivo hasta su total resolución, una situación, ante la que este Gobierno actuó de inmediato, solicitando la imposibilidad de ejecución de esta sentencia”.

Casi un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha atendido la petición del Gobierno extremeño de no ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo tal y como estaba planteada, “al entender que su ejecución podría causar perjuicios personales y generales de difícil o imposible reparación”.

El consejero de Salud explicó que el Gobierno extremeño “se enfrentaba al despido masivo y obligado de 267 trabajadores estatutarios fijos del Servicio Extremeño de Salud, que habían ganado con esfuerzo y sacrificio una plaza en esta administración en aquellas oposiciones y que, actualmente, tienen ya una antigüedad de casi cuatro años”.

“Este panorama desolador –destacó Hernández Carrón- también congelaba las esperanzas de las casi 3.000 personas (2.945) que habían sido admitidas para optar a una de las 45 plazas de la especialidad de Enfermería de Atención Continuada en la OPE 2011 y ponía en un brete el propio funcionamiento de nuestra sanidad, pues esas 267 personas con plaza desde 2010 y dispersas por todo el territorio prestan un servicio esencial para el buen desarrollo de la asistencia sanitaria”.

Ante esta situación, el Gobierno de Extremadura “puso a trabajar su maquinaria jurídica para defender la imposibilidad de ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo en sus propios términos, -indicó el consejero- agotando todas las vías posibles, con el único objetivo de devolver la tranquilidad a esos enfermeros que podían sufrir un daño sin precedentes en su vida laboral y familiar y la esperanza a los aspirantes a una de las 45 plazas de la OPE 2011 de Enfermería de Atención Continuada”.

Los motivos que el Gobierno regional argumentó en su momento para solicitar la no ejecución de esta sentencia fueron, entre otros, el tiempo transcurrido entre la obtención de las plazas por parte de esas 267 personas y la propia sentencia del Supremo y “el convencimiento absoluto de que es contrario a la equidad proyectar sobre estos profesionales los efectos de una sentencia que reprocha las actitudes y procedimientos del Gobierno socialista, así como, por supuesto, el daño que esta sentencia podía infligir al propio sistema sanitario y su funcionamiento”, según señaló Carrón.

El consejero de Salud mostró su satisfacción porque “el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura nos ha escuchado, y el auto que hemos conocido hoy, contra el que cabe un recurso de casación, es una respuesta a un asunto que ha sido prioridad absoluta para esta Administración desde el minuto uno”.

INDEMNIZACIÓN

Por otra parte, el responsable extremeño de Salud añadió que auto del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha establecido una indemnización económica de 40.000 euros para la enfermera afectada, “una cuantía –dijo- muy alejada del millón cuatrocientos mil euros que esta persona exigía a la administración”. Además, “el TSJ dice con acierto que sólo ella se ha preocupado de defender su asunto en los tribunales”, según explicó Hernández Carrón, y por tanto sólo a ella le pertenece cobrar dicha cantidad.

Esta cantidad económica viene determinada, según el TSJ, “porque en puridad no ha quedado acreditado que con la ejecución de la sentencia la interesada hubiese obtenido una plaza en el sistema sanitario, lo único que se garantizaba es que pudiese participar nuevamente, junto con el resto de sus compañeros, en aquel segundo ejercicio de oposición”.

Carrón manifestó que con este auto “no sólo se ha evitado el estropicio de echar a la calle a 267 personas, celebrar nuevamente ese segundo ejercicio, volver a baremar y a adjudicar las plazas” sino que también se ha evitado “la ruina literal del Servicio Extremeño de Salud”, ya que si la decisión del Tribunal hubiese sido distinta, “hubiésemos tenido que indemnizar a 267 personas que ya tenían su plaza” y “estaríamos hablando de al menos 267 millones de euros arrebatados a los presupuestos destinados a la salud de los extremeños, porque no es lo mismo indemnizar a un aspirante a plaza que a alguien que efectivamente la tiene ya hace cuatro años”.

Por otra parte, el consejero de Salud recordó que ayer mismo el Gobierno extremeño “dio nuevas muestras de la defensa a ultranza del interés general, anunciando que las oposiciones de la Administración general no se detendrán por los palos en las ruedas que un sindicato ha decidido colocar y que llegará a las últimas consecuencias, para la tranquilidad de las 80.000 personas que aspiran a una plaza en esta Administración”.

VARIOS RECURSOS PRESENTADOS

Hernández Carrón recordó que 2.516 enfermeros concurrieron a las oposiciones de Enfermería de Atención Continuada de 2007 y un total de 1.047 las superaron, obteniendo plaza 267 personas. Contra este proceso se interpusieron varios recursos. Por una parte, recursos motivados por la baremación de la experiencia profesional y, por otra, recursos contra el establecimiento de una nota de corte con posterioridad a la celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición.

Respecto al primer grupo de recursos, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura falló a favor de los aspirantes, ordenando una nueva valoración y la modificación de la puntuación del proceso selectivo. Tras recurrir al Tribunal Supremo y ver denegados sus recursos, la Administración procedió a ejecutar esta sentencia.

Sin embargo, con relación al segundo grupo de recursos interpuestos por cinco enfermeros, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura emitió una sentencia en contra de los intereses de los recurrentes, fallando a favor de la Administración en 2012.

Ante esta respuesta judicial, una persona, de las cinco que recurrieron inicialmente, elevó el asunto al Tribunal Supremo, y éste le dio la razón en 2013, anulando cualquier resolución anterior contraria, incluida la del TSJEx, y ordenando la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición, considerando que la Administración había vulnerado los principios elementales de publicidad y transparencia que deben regir los procesos selectivos, al establecer una nota de corte de un ejercicio después de que éste se hubiera celebrado.

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