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Educación
Educación velará por que se mantengan la calidad de la enseñanza y los derechos del alumnado del colegio Santa María Assumpta, de Badajoz
  • Publicado: 29/12/2015 17:00
  • por: extremadura.com
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La Consejería de Educación y Empleo velará para que la calidad de la enseñanza y los derechos del alumnado y familias del colegio concertado Santa María Assumpta, de Badajoz, no se vean perjudicados por cuestiones mercantiles o laborales que habrán de resolverse en el ámbito jurisdiccional del derecho laboral.

La Consejería de Educación y Empleo velará para que la calidad de la enseñanza y los derechos del alumnado y familias del colegio concertado Santa María Assumpta, de Badajoz, no se vean perjudicados por cuestiones mercantiles o laborales que habrán de resolverse en el ámbito jurisdiccional del derecho laboral.

La Administración educativa envía así un mensaje tranquilizador a los padres de los alumnos y alumnas de este centro que, a raíz de las noticias referidas a algunos despidos de profesores ocasionados tras el cambio de titularidad del centro, han expresado su preocupación en medios de comunicación y redes sociales, creándose una cierta alarma social.

Al margen de los legítimos contenciosos laborales que pudieran promoverse por parte de los profesores despedidos y que, en su caso, deberán resolverse mediante sentencia judicial, la Consejería de Educación mantendrá el concierto educativo con este centro en los mismos términos que ha venido funcionando hasta ahora.

En cuanto al cambio de titularidad de un centro privado concertado, como es el caso del acontecido en el Colegio Santa María Assumpta de Badajoz, es un trámite administrativo que se produce con cierta frecuencia y que requiere una modificación de la autorización del concierto mediante una resolución de la Consejería de Educación y Empleo.

En este sentido, el cambio de titularidad del Colegio Santa María Assumpta está en curso actualmente y pendiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ya que el centro cumple con todos los requisitos que establece la legislación vigente.

A la Consejería de Educación y Empleo solo le compete la autorización de la modificación del concierto y la autorización de las enseñanzas a impartir y las unidades concertadas, las cuales no varían con el cambio de titularidad.

Aunque este centro sea concertado, la Consejería de Educación y Empleo no tiene competencia sobre otras cuestiones que pudieran estar afectando al centro, como serían la cesión de la titularidad y la revisión o rescisión de contratos laborales y mercantiles, pues estas competen en exclusiva al titular del centro en el ejercicio de la autonomía consagrada por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.