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Trashumancia
El DOE publica el decreto que establece las bases para las ayudas en la trashumancia
El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 5.000 euros.
  • Publicado: 02/01/2017 10:36
  • por: extremadura.com
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El Diario Oficial de Extremadura ha publicado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la trashumancia a pie, de las que podrán ser beneficiarios los ganaderos titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura, cuyos proyectos resulten seleccionados por la comisión de valoración.

Asimismo, deberán hacer un recorrido mínimo diario de 15 kilómetros y el importe máximo de la ayuda no podrá superar los 5.000 euros. El pago de la ayuda se realizará al finalizar la ruta, previa justificación del beneficiario de haber realizado las actuaciones en las condiciones que se especifiquen en la memoria, la resolución de concesión, el decreto y la convocatoria, como requisito imprescindible para obtener la subvención correspondiente.

La Junta de Extremadura, a través de este decreto, entiende que la mejor forma de conservar las vías pecuarias es usándolas. La trashumancia, como actividad económica con un potencial de producción de alimentos de alta calidad, se basa en el aprovechamiento de recursos naturales y se considera el vehículo idóneo para ello. Por otra parte, el descenso de la actividad trashumante ha contribuido al aumento de matorral, el retroceso de áreas pastables y por tanto el aumento del riesgo de incendios.

Se trata de apostar por una ganadería de calidad que cumpla su función productiva, pero que, a su vez, sea respetuosa y protectora con la naturaleza y que fomente el desarrollo social y económico de la población rural, con medidas de apoyo a la trashumancia incentivando la incorporación de jóvenes al sector.