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Ayudas a la contratación
Abierto el plazo de solicitud de ayudas destinadas a la contratación de personas con discapacidad
La Consejería de Educación y Empleo ha destinado un total de 800.000 euros.
  • Publicado: 04/01/2017 14:56
  • por: extremadura.com
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La Consejería de Educación y Empleo ha convocado la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, ayudas que se pueden solicitar desde hoy tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE)

Para ello, la Consejería de Educación y Empleo ha destinado un total de 800.000 euros y se han establecido cinco programas, cuyo plazo de vigencia, a efectos de presentación de solicitudes, será de un año.

El Programa I está destinado a subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o su incorporación como personas socias trabajadoras, en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

La cuantía por contratación indefinida a tiempo completo será de 8.000 euros para las mujeres con discapacidad, así como para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral, y de 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad.

Por su parte, el Programa II está dedicado a incentivos para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad con especiales dificultades de integración laboral procedentes de los enclaves laborales.

Las empresas colaboradoras que contraten, con carácter indefinido, a una persona trabajadora del enclave, con discapacidad, y que presente especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, tendrán derecho a una subvención de 7.814 euros por cada contrato celebrado a jornada completa. Esta ayuda podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo de la persona contratada.

Asimismo, el Programa III corresponde a las ayudas destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos, celebrados con personas con discapacidad. A través del Programa IV, se dedican subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias.

La cuantía de la subvención por cada transformación de contratos temporales en indefinidos, realizada a jornada completa, será de 5.000 euros para las mujeres con discapacidad y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral, y de 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad.

Igualmente, la cuantía de la subvención, por contratación temporal, de al menos doce meses de duración a tiempo completo, será de 2.500 euros para las mujeres con discapacidad y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral, y de 2.000 euros para el resto de personas con discapacidad.

Finalmente, el Programa V, relativo a los incentivos para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas, contará con una subvención de 901 euros.

Estas ayudas estarán destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas que dificulten el ejercicio de su actividad laboral, excluyéndose, en todo caso, la adquisición de bienes usados.

BENEFICIARIOS

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones tanto profesionales colegiados y empresas, como asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones de personas con discapacidad.

También podrán solicitar las ayudas las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que realicen contrataciones de personas con discapacidad.

Quedan excluidas las empresas de trabajo temporal, salvo cuando realicen contrataciones de personas con discapacidad para prestar servicios bajo su dirección que no sean cedidos a empresas usuarias, y tampoco pueden concurrir a la convocatoria las Administraciones Públicas.