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El Parlamento y las Hermandades de Donantes de Sangre firman un convenio por el que acuerdan institucionalizar el DÍA REGIONAL DEL DONANTE DE SANGRE EN EXTREMADURA

Viernes, 25 de Julio de 2014
Tema: Notas de Prensa
Fuente: GABINETE DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIA PARLAMENTO

Fotografía de la noticia
Imagen del Presidente Manzano junto a los representantes de las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura tras la firma del convenio

Ya está disponible el vídeo de la Firma del convenio colaboración con las Hermandades de Donantes de Sangre.

El enlace para verlo es: http://youtu.be/WUzwBzGfQbo

 

 

Os dejamos el Convenio para que conozcáis los objetivos del mismo:

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA Y LAS HERMANDADES DE DONANTES DE SANGRE DE EXTREMADURA

El Objetivo: Propiciar sus relaciones, aunar esfuerzos y establecer normas amplias de actuación que encaucen la colaboración entre ambas instituciones, dentro del marco preestablecido, de acuerdo con las siguientes:


Objeto del convenio


El presente convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco de colaboración entre la Asamblea de Extremadura y las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura, con el objetivo de desarrollar proyectos conjuntos siempre orientados hacia la sensibilización de la sociedad extremeña en el ámbito socio-sanitario de la donación altruista, así como a trasladar la voz de este colectivo a los Poderes Públicos.
Asimismo, con el presente Convenio Marco se pretende incrementar el conocimiento de la institución parlamentaria entre los ciudadanos, en su condición de máxima representación del pueblo extremeño, consciente de los problemas que afectan a nuestra sociedad y en uso de sus facultades de fomento de las relaciones de solidaridad, colaboración y cooperación que el propio Reglamento le reconoce.

El presente convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco de colaboración entre la Asamblea de Extremadura y las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura, con el objetivo Asimismo, con el presente Convenio Marco se pretende , consciente de los problemas que afectan a nuestra sociedad y en uso de sus facultades de fomento de las relaciones de solidaridad, colaboración y cooperación que el propio Reglamento le reconoce.


Modalidades de colaboración
La colaboración que mediante el presente Convenio Marco se articula, se llevará a cabo a través del desarrollo de las siguientes acciones:


a)   Cooperación en programas conjuntos y en la ejecución de proyectos relacionados con el fomento y divulgación de los fines de las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura, descritos en el segundo punto expositivo de este Convenio.
b)  Asesoramiento y apoyo mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas entidades, así como el intercambio de información en materias de fomento, desarrollo y seguimiento de acciones de su interés.
c)   Ofrecer todas las facilidades para el uso de las instalaciones.
d)  Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente Convenio Marco.


Acuerdos específicos
1.   Cada proyecto y/o programa de actuación en el marco de este Convenio requerirá la formalización de un Acuerdo específico a adoptar en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta, el cual se someterá a los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio Marco.
2.   En los casos en que se proceda al desarrollo y ejecución de las modalidades de colaboración previstas en la cláusula precedente a través de los correspondientes Acuerdos específicos, los mismos, en su caso, estarán dotados presupuestariamente en los respectivos presupuestos de la Asamblea de Extremadura en vigor y en ningún caso supondrá incremento alguno de los mismos.
3.   Con independencia de las colaboraciones posibles descritas en la segunda cláusula y que requieran de formalizar acuerdos concretos, las partes ya especifican la realización conjunta de un acto anual de especial significación como es la celebración institucional del Día Regional del Donante de Sangre de Extremadura, que tendría lugar en la Sede del Parlamento, el primer sábado del mes de Octubre de cada año, en presencia de las Autoridades Autonómicas, y en el que se lleve a cabo un homenaje a los Dos Donantes (un hombre y una mujer) de cada una de las ocho Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura que a 31 de diciembre del año anterior ostenten el mayor número de donaciones, con independencia del número de Donantes de cada Hermandad, propuestos por cada una de ellas.
Asimismo, esta Jornada quedaría institucionalizada con el fin de que su realización sirva de reconocimiento al colectivo de los Donantes de Sangre por su entrega y ejemplo solidario posibilitando así una proyección mediática positiva para el conjunto de la Comunidad de Extremadura.


Comisión de Seguimiento


1.   Con el fin de facilitar el seguimiento y cumplimiento de la colaboración, se constituirá una Comisión de Seguimiento paritaria integrada por dos representantes de la Asamblea de Extremadura y dos representantes de las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura o personas en quienes deleguen. Actuará como secretario un funcionario del Parlamento extremeño, con voz y sin voto.
2.   Dicha comisión se constituirá en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de la entrada en vigor del Convenio y podrá reunirse cuantas veces se estime conveniente, a convocatoria de alguna de las partes.
3.   A la citada comisión le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a)   Promover posibilidades de colaboración en asuntos o actividades de interés común.
b)  Preparar los Acuerdos específicos de ejecución del presente Convenio Marco sobre las materias seleccionadas, dentro de las modalidades de colaboración establecidas en la cláusula segunda.
c)   Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes.
d)  Aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución de los Acuerdos específicos.
e)   Realizar el seguimiento de los Acuerdos específicos que se suscriban.

1.   Con el fin de facilitar el seguimiento y cumplimiento de la colaboración, se constituirá una Comisión de Seguimiento paritaria integrada por dos representantes de la Asamblea de Extremadura y dos representantes de las Hermandades de Donantes de Sangre de Extremadura o personas en quienes deleguen. Actuará como secretario un funcionario del Parlamento extremeño, con voz y sin voto.2.   Dicha comisión se contado a partir de la fecha de la entrada en vigor del Convenio y podrá reunirse cuantas veces se estime conveniente, a convocatoria de alguna de las partes.3.   A la citada comisión le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:a)   Promover posibilidades de colaboración en asuntos o actividades de interés común.b)  Preparar los Acuerdos específicos de ejecución del presente Convenio Marco sobre las materias seleccionadas, dentro de las modalidades de colaboración establecidas en la cláusula segunda.c)   Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes.d)  Aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución de los Acuerdos específicos.e)   Realizar el seguimiento de los Acuerdos específicos que se suscriban.


f)   Entrada en vigor y duración
El presente Convenio  entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre.



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