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Concurso de Murgas Canaval de Badajoz 2016

 

El Ayuntamiento de Badajoz, a través de la Delegación de Ferias y Fiestas, convoca el concurso que a continuación se determina, con arreglo a las siguientes: BASES CONCURSO OFICIAL DE MURGAS DEL CARNAVAL 20 16 DE BADAJOZ

1.-INSCRIPCIÓN

1.1.- Podrán inscribirse todos los grupos que lo deseen dentro del ámbito de la Comunidad de Extremadura, siempre que sus componentes sean mayores de 15 años.

1.2.- La apertura del plazo de inscripción será del 2 de noviembre al 30 de noviembre 2015.

1.3.- La inscripción para participar en el concurso, se efectuará en el Registro General del Ayuntamiento de Badajoz, Plaza de España, núm. 1, en el correspondiente BOLETIN DE INSCRIPCIÓN, que la Concejalía de Ferias y Fiestas, facilitará a los grupos o a sus representantes, el cual deberá ser cumplimentado en todos sus apartados y firmado por la persona en quien recaiga el nombramiento de representante acreditado. El horario del Registro General del Ayuntamiento es: de 9:00 a 13:00 h de lunes a viernes.

1.4.- Solamente podrán participar en el certamen aquellos grupos que hayan realizado su correspondiente inscripción en el mismo, en tiempo y forma.

1.5.- El sólo hecho de inscribirse presupone el conocimiento previo de las Bases, lo que implica la aceptación de las mismas.

1.6.- Cada murga deberá inscribirse en el concurso con un nombre que la identifique. En el apartado correspondiente, deberán figurar los nombres y N.I.F. de todos los componentes inscritos. No podrán inscribirse más de una murga con el mismo nombre o con nombres que puedan llevar a confusión.

En caso de que se inscriban dos o más murgas con nombres iguales o que puedan confundirse, podrá mantener su nombre la que haya participado con ese nombre en la edición más antigua del concurso de Badajoz.

En caso de coincidencia en la antigüedad de participación podrá mantener el nombre aquella que se haya inscrito en cualquier registro público con mayor antigüedad. 

2.-CONCURSO

2.1.- El Certamen tendrá lugar en el TEATRO LÓPEZ DE AYALA, desde el día 25 de enero al 5 de febrero 2016.

2.2.- El sorteo de los grupos tendrá lugar el día 9 de enero de 2.016, a las 12:00 horas, en el salón de actos de la Concejalía de Juventud, situado en Ronda del Pilar, 20.

2.3.- El sorteo de la ronda de preliminares se realizará tomando como cabeza de serie a las diez murgas con mejor clasificación en el concurso del año anterior. En cada uno de los días de esta ronda participaran, en el orden que determine el sorteo, dos de estas cabezas de serie. En el caso de que, alguna o algunas de las murgas que deban sortearse como cabezas de serie, no se inscribiera en el concurso, se nombrarían como cabezas de serie a las siguientes siguiendo el orden de clasificación. En caso de empate a puntos, para determinar la murga que actuará como cabeza de serie, se tendrá en cuenta la suma de las puntuaciones de los pasodobles de dicho año. El sorteo se realizara mediante programa informático que determinará el nombre del grupo, el número de orden y el día de actuación. Este orden de actuación se mantendrá durante las fases de preliminar y semifinal del concurso.

2.4.- El número total de inscritos en el concurso de MURGAS, se dividirá proporcionalmente en los días de fase preliminar.

2.5.- Los grupos inscritos y participantes estarán obligados a seguir el correspondiente repertorio, según orden:

Puesta en escena y presentación, pausa, primer pasodoble, pausa, segundo pasodoble, pausa, cuplé+estribillo cuplé+estribillo, pausa, popurrí.

Incurrirá en infracción leve contra lo estipulado en el presente artículo, el grupo que, deliberadamente incumpla o altere el orden establecido.

2.6.- Los grupos están obligados a introducir en su repertorio dos pasodobles (como especifica el punto anterior), los cuales serán ORIGINALES en cuanto a letra y música, y tendrán una duración mínima de 1 minuto cada uno.

2.6.1.- Cuplés y definición: los grupos están obligados a introducir en su repertorio dos cuplés, los cuales han de ser originales en cuanto a música y letra. Se permitirán, en el caso de los cuplés, introducciones musicales no originales.

2.6.2.- Estribillo y definición: podrá utilizarse tanto música como letra no original.

SANCIONES RELATIVAS A LA ORIGINALIDAD DEL REPERTORIO:

Incurrirá en infracción GRAVE contra lo estipulado en el presente artículo y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.3 de las presentes bases, el grupo que, con el fin manifiesto de obtener beneficio con ello, incorpore suficientes elementos no originales en los apartados originales obligatorios.

Incurrirá en infracción MUY GRAVE contra lo estipulado en el presente artículo y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.2 de las presentes bases, el grupo que, a sabiendas o no de su falta de originalidad y con el fin de obtener beneficio con ello, incorpore elementos suficientes a cualquier apartado de los descritos, susceptibles de considerarse plagios de este o cualquier otro concurso de carnaval.

2.7.- Los grupos que se clasifiquen tanto para la fase semifinal, como para la FINAL, están obligados, en cada una de ellas, a incorporar al menos, un pasodoble y un cuplé nuevo en cuanto a letra.

2.8.- Las puntuaciones del concurso serán acumulativas a lo largo del mismo, clasificándose para la fase semifinal el 50% de las murgas inscritas en el concurso (quedando fuera del cómputo aquellas que habiendo sido inscritas no lleguen a participar en el mismo), siendo el máximo 18.

Si el número total de murgas inscritas no supera las 24 se prescindirá de la fase preliminar del concurso, desarrollándose únicamente las fases semifinal y FINAL. En caso de empate entre dos o más murgas con la menor puntuación para su clasificación a la fase semifinal, se clasificará aquella que más puntos obtenga con la suma de los dos pasodobles de la ronda preliminar (letra y música).

En caso de empate entre el octavo y el noveno semifinalista, se clasificarían ambas para la final; y en caso de empate entre el octavo, noveno y siguientes finalistas, se decidirá atendiendo a la puntuación obtenida en los PASODOBLES de la fase semifinal, y si se diera el caso de nuevo empate, se decidirá la murga clasificada para la final mediante sorteo.

2.9.- La actuación de cada grupo será de un máximo de 22 minutos, incluida la puesta en escena. El tiempo de actuación comenzará a contar a partir de la presencia de algún componente de la agrupación en el proscenio, patio de butacas, anfiteatro o palcos, la presencia de cualquier sonido correspondiente a la puesta en escena, o en su defecto la apertura del telón, dándose por finalizada la actuación al transcurso de los 22 minutos. El exceso de tiempo que rebase los 22 minutos se penalizará con la bajada inmediata del telón en el momento que se cumpla el tiempo establecido y puntuará con 0 puntos totales en el apartado de repertorio libre, contabilizándose exclusivamente los obtenidos en los demás apartados del repertorio.

2.10.- Una vez finalizada cada actuación, los grupos dispondrán de un tiempo máximo de cinco minutos para retirar la escenografía propia que haya dispuesto sobre el escenario. A partir del momento en el que el grupo que finaliza la actuación deja libre el escenario, el grupo que actúe a continuación dispondrá de un tiempo máximo de quince minutos para disponer su propia escenografía. La organización será la responsable de supervisar el cumplimiento de los tiempos establecidos, nombrando o delegando en la que persona que estime oportuno este cometido, que, a su vez, deberá comunicar al secretario del jurado las incidencias que se produzcan en cuanto al incumplimiento de dichos tiempos.

SANCIONES RELATIVAS AL MONTAJE Y DESMONTAJE DE ESCENOGRAFIAS:

Incurrirá en falta LEVE contra lo estipulado en el presente artículo y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.4 de las presentes bases, el grupo que, tanto en las tareas de montaje o desmontaje de sus escenografías, exceda el tiempo concedido por un tiempo igual o superior a cinco e inferior a diez minutos.

El grupo que, en las tareas de montaje o desmontaje, exceda el tiempo concedido por un periodo de tiempo igual o superior a diez minutos, obtendrá 0 puntos en el apartado de puesta en escena, contabilizándose exclusivamente los obtenidos en los demás apartados del repertorio.

En cada fase del concurso y, cuando hayan actuado la mitad del número de grupos participantes en dicha fase, se realizará una pausa de 25 minutos. El horario de montaje de los telones y del decorado será de 10:00 a 14:00 y de 17:30 a 20:00 h.

Cada murga deberá retirar los telones y el decorado completo utilizado, el día posterior a la actuación, en horario de 10:00 a 11:00. Una vez pasado el plazo del tiempo estipulado, los retirará la organización.

3.- GRUPOS

3.1.- Deberán estar compuestos por un mínimo de diez personas y un máximo de quince, todas ellas mayores de 15 años. A éstos, podrán acompañar en el escenario un número no superior a cinco personas más como figurantes, y los mismos, no podrán cantar, hablar o tocar instrumento musical u objeto alguno. Se podrá hacer rotación entre los miembros de los grupos, siempre y cuando en el momento de cantar, sólo canten quince.

 SANCIONES RELATIVAS A LA PARTICIPACIÓN DE FIGURANTES:

Incurrirá en infracción LEVE y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.4 de las presentes bases, el grupo cuyo figurante inscrito o no, contravenga lo estipulado en el presente artículo.

Incurrirá en infracción GRAVE y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.3 de las presentes bases, el grupo cuyo figurante inscrito o no, con el fin de obtener beneficio con su intervención, contravenga lo estipulado en el presente artículo.

3.2.- Los instrumentos musicales permitidos en cada actuación serán: bombo con platillos, pitos carnavaleros, guitarra española y caja (pudiéndose acoplar a la misma la caja china). A lo largo de todo el repartorio se podrán usar esporádicamente objetos a modo de instrumento siempre y cuando esté conjuntado con el tipo. Además en la presentación estará permitida la utilización de cualquier instrumento musical u objeto.

SANCIONES SOBRE LA UTILIZACIÓN DE OBJETOS O INSTRUMENTOS MUSICALES:

Incurrirá en infracción GRAVE contra lo estipulado en el presente artículo y será de aplicación la sanción establecida en el artículo 9.3 de las presentes bases, el grupo que, con intención manifiesta de obtener beneficio enriqueciendo el apartado musical, utilice instrumentos musicales en los apartados del repertorio donde está restringido el uso de los mismos.

3.3.- REPERTORIO Y PUNTUACIÓN.

3.3.1.- Presentación: Se valorará de 1 a 25 puntos por cada jurado, tanto la música como la letra, pudiendo alcanzar un máximo de 100 puntos en este apartado.

3.3.2.- Pasodobles: Se valorarán con un máximo de 100 puntos repartidos de la siguiente manera:

Pasodoble 1: Música 1 a 10, cada jurado. Letra 1 a 15, cada jurado.

Pasodoble 2: Música 1 a 10, cada jurado. Letra 1 a 15, cada jurado.

* En cada una de las fases será obligatorio cambiar, al menos, uno de ellos en cuanto a letra. 

3.3.3.- Cuplés: Se valorarán con un total de 80 puntos, repartidos de la siguiente manera:

Cuplé 1: Música 1 a 8, cada jurado. Letra 1 a 12, cada jurado.

Cuplé 2: Música 1 a 8, cada jurado. Letra 1 a 12, cada jurado.

* En cada una de las fases será obligatorio cambiar, al menos, uno de los cuplés en cuanto a letra. Estribillo: Se valorará letra y música por los jurados correspondientes a estos apartados, puntuándose de 1 a 5 puntos por cada uno de los jurados, con un máximo de 20 puntos totales.

3.3.4.- Popurrí: Será valorado con un total de 180 puntos, repartidos de la siguiente manera:

Música: de 1 a 40 puntos cada jurado

Letra: de 1 a 50 puntos cada jurado.

4.- JURADO

4.1.- Composición: Se establece un Jurado compuesto por:

  • Dos especialistas en teatro, dos especialistas en música, dos especialistas en literatura y dos jurados populares, especialistas en carnaval.
  • Un secretario del jurado, personal del Ayuntamiento.
  •  Un responsable de controlar los tiempos de actuación.

4.2.- ACTUACIÓN Y DELIBERACIÓN DEL JURADO

4.3- El jurado quedará válidamente constituido cuando concurra la presencia de la totalidad de los mismos.

4.4.- Los miembros del Jurado atenderán al sentido de confidencialidad que requiere el cargo.

4.5.- El jurado puntuará a las murgas según el baremo de puntuaciones. Las puntuaciones no tendrán, en ningún caso, números decimales.

4.6.- Los miembros del jurado están obligados a permanecer en su localidad durante la actuación de los grupos. Los cuatro jurados denominados como A estarán en una zona del teatro separada de la que ocupen los denominados como B, no pudiendo comunicarse entre ellos por ningún método durante las actuaciones. Una vez finalizada cada una de las actuaciones, cada miembro del jurado firmará sus puntuaciones y las entregará en sobre cerrado al Secretario para su custodia. Los resultados de los grupos que pasan de ronda en el concurso, deberán conocerse la misma noche en la que terminan las fases de preliminares y semifinales.

4.7.- Las puntuaciones del jurado serán secretas, y su fallo inapelable. Quedan terminantemente prohibidas las deliberaciones entre los miembros del Jurado, previas o posteriores, a la firma y entrega de sus puntuaciones. El Secretario será el responsable de velar por el cumplimiento de este artículo, pudiendo expulsar al miembro del Jurado que incumpla lo establecido y que solicite a la Organización la incorporación inmediata de un Jurado suplente.

4.7.1.-El Secretario del Jurado, comunicara a La Comisión de Murgas para informar de las sanciones, así como de las reclamaciones o impugnaciones que se produzcan y será competencia exclusiva del Jurado, admitir, resolver y responder como proceda cada reclamación o impugnación.

Una vez comenzado el concurso, la comisión de murgas será exclusivamente un órgano consultor y transmisor entre las partes implicadas.

4.8.- Una vez hecha la proclamación de finalistas, o ganadores, según corresponda, todos los representantes de las murgas participantes tendrán derecho a obtener una copia de todas las puntuaciones.

Asimismo, La Comisión, se reserva el derecho a recusar la participación de el/los componente/s del jurado que consideren necesario, en sucesivas ediciones del concurso, siempre que se pueda acreditar que sobre dicho jurado recaen motivos suficientes para proceder a su veto/recusación. En todo caso será la organización quien tome la decisión final.

Los miembros del Jurado, que hayan sido vetados o recusados, no podrán formar parte del Jurado en ninguna edición posterior.

5.- SECRETARIO

Funciones:

5.1.-El secretario/a dará fe en cuantos documentos sea necesario.

5.2.-Levantará actas del fallo del jurado, de las posibles incidencias del concurso y auxiliara al jurado en el exacto cumplimiento de las bases.

5.3.- Será responsable en todo momento, de las hojas de las puntuaciones, comprobando que las mismas, le son entregadas sin enmiendas ni tachaduras y en un soporte tal, que posteriormente no puedan ser modificadas. Asimismo será responsable del resto de documentación del concurso y de su custodia hasta la finalización del mismo, tras la cual, hará entrega de toda la documentación que obre en su poder relativa al Concurso, al personal de la Concejalía de Ferias y Fiestas.

5.4.- Efectuará, en ausencia de todos los miembros del jurado, el recuento de las puntuaciones otorgadas a cada grupo de Murga participante. Sólo cuando se trate de determinar los grupos que pasan de ronda y una vez entregadas las puntuaciones de la final, tras realizar y comprobar el recuento, informará a los miembros del jurado, del resultado del mismo.

5.5.- Será el único portavoz del jurado ante la comisión y los representantes acreditados de los grupos, durante el desarrollo del concurso.

5.6.- Se encargará de la custodia de las puntuaciones de cada jornada, debidamente firmadas por cada miembro del jurado.

5.7.- Actuará con voz pero sin voto.

6.- RESPONSABLE DE RECOGIDA DE TIEMPOS

6.1.- Tomará el tiempo de actuación de cada una de las actuaciones dando fe del mismo, firmará el acta una vez transcurrida cada jornada y hará entrega de la misma al Secretario para su custodia.

7.- PREMIOS

7.1.- Se establecen los siguientes premios:

1º.- Diploma, placa y 3.023 €uros.

2º.- Diploma, placa y 2.670 €uros.

3º.- Diploma, placa y 2.505 €uros.

4º.- Diploma……….... 1.964 €uros.

5º.- Diploma……….... 1.611 €uros.

6º.- Diploma……….... 1.258 €uros.

7º.- Diploma……….. 905 €uros.

8º.- Diploma……….. 552 €uros.

Se establece un premio de participación de 300 Euros, a las Murgas participantes, quedando obligados al menos, a una actuación en los escenarios itinerantes. Se obtendrá una cuantía extra de 150 €uros por cada ronda de clasificación superada.

Así como las tres primeras murgas ganadoras del concurso, están obligadas a participar en las promociones del Carnaval que organice el Ayuntamiento, corriendo por cuenta de este último, los gastos relacionados con el desplazamientos.

7.2.- Si se diera el caso de empate entre dos o más grupos para un mismo premio, se eliminará/n el/los posterior/es y, la suma de ambos se dividirá en partes iguales.

7.3.- El importe de los premios establecidos serán líquidos, una vez realizadas las deducciones legalmente establecidas y demás tributos fiscales.

8.- SORTEO

8.1.- El sorteo de los grupos será único para las fases se preliminar y semifinal. Tendrá lugar el sábado, 9 de enero de 2016, a las 12:00 horas, en el salón de actos de la Concejalía de Juventud, situada en Ronda del Pilar, 20.

8.2.- El sorteo se realizará mediante sistema informático.

Constará de una primera parte en la que serán sorteadas las diez cabezas de serie. Actuando en orden aleatorio dos de estas cabezas de serie por día.

La segunda parte del sorteo consistirá en obtener el orden aleatorio de actuación y día, para el resto de las murgas participantes, hasta completar el número total de actuaciones diarias.

El orden obtenido en el sorteo se mantendrá para las fases de preliminar y semifinal, volviéndose a sortear las posiciones de las murgas finalistas. 

 9.1.- En el caso de que alguno de los grupos inscritos, incumpla alguna de las normas de uso de las instalaciones del Teatro López de Ayala, perderá el derecho a percibir el premio de participación de 300 €, incluido en el punto 7.1.

9.2.- Los grupos inscritos, que incurran en infracciones tipificadas como MUY GRAVES, serán sancionados con LA DESCALIFICACIÓN DEL CONCURSO.

9.3.-Los grupos inscritos, que incurran en infracciones tipificadas como GRAVES, serán sancionados con la pérdida de 1/4 de los puntos totales obtenidos en la actuación.

9.4.-Los grupos inscritos, que incurran en infracciones tipificadas como LEVES, serán sancionados, con la pérdida del 50% de los puntos obtenidos en el apartado en el que se observe la infracción. Entendiéndose los siguientes apartados: Puesta en escena, Presentación, Pasodobles, Cuplés, Estribillos y Repertorio libre.

9.5.- Las sanciones impuestas a los grupos participantes, serán comunicadas por el Secretario del Jurado, mediante escrito en el que figuren los preceptos infringidos y deberá ser entregado al representante acreditado de la murga afectada, antes de las 12 horas del día siguiente. El grupo sancionado, tendrá de plazo hasta las 20 horas de ese mismo día, para presentar por escrito dirigido al Secretario, las alegaciones o recursos que estime oportunos. El Jurado a través de su Secretario, deberá informar de las resoluciones adoptadas respecto a las alegaciones o recursos presentados, antes del comienzo de la siguiente jornada de concurso o en su defecto antes de las 21:30 horas del mismo día.

9.6.- En el supuesto que, las sanciones impuestas lo fueran en la última jornada de las fases preliminar o semifinal, siempre que estas no afecten al orden de clasificación, se darán a conocer, como está previsto, los grupos que pasan a la siguiente ronda. En el caso de que las sanciones impuestas afectaran el orden de clasificación, con el fin de que el tiempo para preparar la siguiente actuación sea idéntico para todos los clasificados, se publicaran los nombres de los grupos que pasan de ronda, haciendo mención de los grupos sancionados e incluyendo los necesarios para cubrir las posibles bajas por motivos de sanción, iniciándose a continuación los plazos establecidos en el punto anterior. Concluidos los plazos y resueltos alegaciones y/o recursos, se informará a los representantes de la composición definitiva de la siguiente fase.

DISPOSICIÓN FINAL.- Para todas aquellas presuntas infracciones que pudiera observar el jurado y no figuren tipificadas en las presentes bases, se establece como norma fundamental que, para que se considere una infracción deben concurrir al menos uno de los siguientes preceptos:

1º.- Que, con la ejecución de la supuesta infracción se obtenga un relevante beneficio en la actuación.

2º.- Que, se pueda acreditar intención manifiesta de contravenir las normas. En los supuestos descritos, los miembros del jurado quedan autorizados para valorar como leves o graves las supuestas infracciones cometidas.

CLAUSULA ADICIONAL La publicación de este documento anula cualquier otro expedido para dicho fin.