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Aguablanca
La Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz destinan 3,6 millones de euros para poner en marcha un plan de empleo en la zona de Aguablanca
  • Publicado: 08/10/2018 18:34
  • por: extremadura.com
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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este lunes un decreto tiene por objeto regular un Plan Territorial de Empleo, que contiene un conjunto de medidas de empleo y de formación profesional para el empleo, para lo que la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz destinan 3.603.750,45 euros.

Estas ayudas están dirigidas a la mejora de la empleabilidad, la formación y la recualificación de las personas trabajadoras afectadas por el proceso de cierre de la mina de Aguablanca, así como las subvenciones destinadas a su financiación.

Se tiene previsto que con las ayudas de este programa se beneficien un total de 345 personas.

El plan tiene por objetivo principal paliar los efectos adversos producidos por la paralización de la explotación minera, evitando el proceso de pérdida de población en las localidades afectadas (Calera de León, Monesterio y Montemolín), ante el declive económico que supone la falta de proyectos empresariales en el tejido productivo.

El periodo de vigencia del Plan de Empleo comprende las anualidades de 2018, 2019 y 2020, y las subvenciones destinadas a financiar la contratación de personas trabajadoras desempleadas están cofinanciadas con recursos de la Junta de Extremadura y de la Diputación de Badajoz.

El Plan de Empleo contempla la ejecución de tres programas: Programa de formación en alternancia con el empleo, Programa de apoyo al empleo local y Programa de acciones formativas específicas dirigidas a personas desempleadas.

La ejecución del Programa de formación en alternancia con el empleo comprenderá la aprobación de tres proyectos de esta iniciativa de formación, una subvención destinada a financiar la ejecución de proyectos del programa de formación en alternancia con el empleo; becas para el alumnado participante en la etapa de prácticas no laborales en los citados proyectos; y una subvención a la entidad promotora y a las empresas colaboradoras, por la realización de la etapa de prácticas no laborales de los proyectos aprobados.

Por su parte, el Programa de apoyo al empleo local tiene como finalidad apoyar la contratación temporal de personas desempleadas, para la realización de obras y servicios de titularidad municipal y de interés general, subvencionando los costes salariales incluidas las cuotas de la Seguridad Social, a cargo de la entidad local empleadora, derivados de la contratación.

Finalmente, el Programa de acciones formativas específicas supondrá la ejecución de acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a personas desempleadas. Comprenderá una subvención dirigida a financiar la ejecución de acciones formativas específicas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas; y becas y ayudas para el alumnado participante en las acciones formativas.

PERSONAS DESTINATARIAS DE LOS PROGRAMAS

Podrán ser destinatarias de los programas que se incluyen en el Plan de Empleo las personas trabajadoras empadronadas, a fecha de publicación del presente decreto, en alguna de las localidades del entorno de Aguablanca: Calera de León, Monesterio o Montemolín, que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), en las fechas que se determinen para cada uno de los programas establecidos.

Las solicitudes de acceso a las subvenciones se formalizarán en los modelos normalizados establecidos en el presente decreto, que estarán disponibles en la dirección electrónica https://www.extremaduratrabaja.juntaex.es.

Por su parte, se concederán por el procedimiento de concesión directa la subvención destinada a financiar la ejecución de los proyectos del Programa de formación en alternancia con el empleo; la subvención destinada a financiar el Programa de apoyo al empleo local; y la subvención destinada a financiar la ejecución de acciones formativas específicas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.

Se concederán por el procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, las becas para el alumnado participante en la etapa de prácticas no laborales de los proyectos de formación en alternancia con el empleo; las subvenciones a la entidad promotora y a las empresas, por la realización de la etapa de prácticas no laborales de los proyectos del Programa de formación en alternancia con el empleo; y las becas y ayudas para el alumnado participante en las acciones formativas.

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará a instancia de parte e irá precedido de la correspondiente convocatoria, que será publicada en el DOE, en el Portal de Subvenciones de Extremadura, así como en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana.

El plazo máximo de vigencia de dichas convocatorias, a los efectos de presentación de solicitudes, no podrá exceder de un año.

Los proyectos del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo están divididos en dos etapas. La primera tendrá una duración de 12 meses, en la que el alumnado trabajador estará contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato de formación y aprendizaje.

Una vez transcurrido el plazo de duración previsto se entenderá finalizada esta etapa de la acción. No obstante, la duración máxima de la contratación del personal directivo y docente podrá extenderse 14 días más, 7 días antes de su inicio y 7 días después de la finalización.

La duración de la formación teórico-práctica incluida en la primera etapa de los proyectos deberá ser, como mínimo, del 25 por cien del total de la duración de la citada etapa.

Asimismo, la segunda etapa complementaria será de prácticas no laborales en empresas, siendo el número de personas participantes en cada especialidad formativa de 15 y el número de participantes por proyecto de 45.

Podrán participar como alumnado-trabajador de los proyectos del programa de formación en alternancia con el empleo aprobados al amparo del presente decreto, las personas desempleadas, mayores de 18 años, que cumplan los requisitos establecidos.

El plazo de solicitud de subvención para financiar los proyectos de formación en alternancia con el empleo será de 20 días hábiles, a contar desde el día 9 de octubre.

Para el Programa de Apoyo al Empleo Local serán beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente capítulo las entidades locales de Calera de León, Monesterio y Montemolín.

Cada contratación deberá tener una duración máxima de 12 meses, a contar desde su fecha de inicio, debiendo realizarse a jornada completa.

El plazo de solicitud de subvención para financiar las contrataciones de este programa será de 10 días hábiles, a contar desde el día 9 de octubre.

Finalmente, dentro de las subvenciones dirigidas a financiar las acciones formativas específicas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, la beneficiaria de la subvención prevista en la presente sección es el Ayuntamiento de Monesterio.

El plazo de solicitud de subvención, en este caso, será de 20 días hábiles, a contar desde la publicación este lunes en el DOE.