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Ayudas
El DOE publica el decreto de ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en Extremadura
  • Publicado: 26/12/2018 17:58
  • por: extremadura.com
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La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio –a través del Diario Oficial de Extremadura– ha publicado el Decreto 198/2018, de 18 de diciembre, por el que se regula la ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se modifica el Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica, para prácticas agrarias compatibles con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En este caso, engloba la convocatoria de las distintas submedidas de ayudas recogidas en el Programa Regional de Desarrollo Rural de Extremadura como el pago de compensación a zonas de montaña, el pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables y el pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.

Los pagos de compensación a zonas de montaña tienen por objeto compensar a las agricultoras y agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta, debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos. El importe de la ayuda anual por hectárea determinada, o módulo base, es de 113,24 euros por hectárea.

Los pagos de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables tienen por objeto compensar a los agricultores y agricultoras por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta, debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos. El importe de la ayuda anual por hectárea determinada, o módulo base, es de 64,29 euros por hectárea.

Los pagos de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas tienen por objeto compensar a las agricultoras y los agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta, debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos. El importe de la ayuda anual por hectárea determinada, o módulo base, es de 85,72 euros por hectárea.

En todos los casos, y con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se establece una ayuda mínima por explotación de 100,00 euros, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros por hectárea de superficie comprobada.

La solicitud de las distintas submedidas de pago previstas en el decreto se cumplimentará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería, a través de la iniciativa Arado. Este decreto entrará en vigor mañana, jueves, 27 de diciembre.