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Medio Ambiente aprueba el Plan de Gestión de la ZEPA ‘Embalse de Valdecañas’ - Turismo

19.12.12 - 15.57 - por: Extremadura.com / Redacción 3

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Teniendo en cuenta, además, que la navegación es una de las actividades con mayor demanda en este espacio, el plan de gestión contempla de manera prioritaria la necesidad de su regulación

 

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha aprobado el Plan de Gestión de la ZEPA 'Embalse de Valdecañas', que tiene una vigencia inicial de ocho años, con posibilidad de prórroga. El Diario Oficial de Extremadura ha publicado este Plan el que cabe señalar su importancia para la conservación de aves ligadas a medios acuáticos y rupícolas.

Teniendo en cuenta, además, que la navegación es una de las actividades con mayor demanda en este espacio, el plan de gestión contempla de manera prioritaria la necesidad de su regulación, garantizando con ello su adecuado desarrollo sin poner en riesgo la conservación de los valores mencionados.

La superficie contempla 7.459 hectáreas y alberga 21 especies de aves. El Plan establece cuatro zonas diferenciadas por su importancia en cuanto a conservación y distribución de especies, así como los usos y actividades que se realizan. Por ello, fija las categorías de Zona de Alto Valor Natural (ZAV), Zona de Uso Tradicional (ZUT), Zona de Uso Común (ZUC) y Zona de Uso General (ZUG).

La Zona de Alto Valor Natural comprende una superficie de 2.310 hectáreas e incluye fundamentalmente la cola del embalse y los cantiles fluviales. En esta zona la navegación es incompatible todo el año, salvo en los enclaves 'Cortados del Tajo, donde es compatible fuera del periodo reproductor de las aves repícolas.

Además, la navegación, flotación y fondeo de embarcaciones no está permitida a menos de 100 metros de las islas existentes. Asimismo, se limita la pesca a la franja horaria comprendida entre una hora después de la salida del sol y una hora antes de su puesta, durante parte del otoño e invierno. Esta misma limitación se plantea para la caza durante todo el año.

La Zona de Uso Tradicional ocupa 1.422 hectáreas e integra la superficie que tiene un grado de conservación excelente y una alta calidad. En esta zona se desarrollan actividades y usos tradicionales y extensivos que, con carácter general, deberán ser preservados. Incluye la Sierra de Valdecañas y parte de la Sierra de Almaraz.

En la Zona de Uso Común se incluyen las áreas de la ZEPA en las que las características del medio natural permiten la compatibilización de su conservación con un moderado desarrollo de usos y servicios que repercutan en la mejora de la calidad de vida de los habitantes y el desarrollo socioeconómico de la zona. Ocupa 3.570 hectáreas, el resto de la superficie del embalse no incluida en ZAV, y la navegación es compatible.

Respecto a la Zona de Uso General es aquella donde no existen valores naturales significativos, por lo que el desarrollo de actividades no repercute en el estado de conservación de la ZEPA. Comprende 155 hectáreas e incluye la isla de Valdecañas y el poblado de Valdemoreno localizado en la Sierra de Valdecañas.

PLAN DE ACTUACIONES El Plan de Gestión destaca que la navegación vinculada a la gestión y vigilancia de la ZEPA, tareas de salvamento, inspección y vigilancia; y la gestión hidroeléctrica y del propio embalse, está exenta de limitaciones.

Además, contempla una serie de actuaciones, entre las que destacan adecuación de líneas eléctricas para evitar impactos y electrocución de la avifauna, instalación de plataformas de nidificación para la cigüeña negra y rapaces, instalación de islas artificiales y de barreras de boyas, inventario de embarcaderos, puesta en marcha de un centro de interpretación y la ubicación de un mirador para la observación de aves.

El embalse cuenta con una serie de características que le hacen único, y se ha convertido recientemente en un lugar con un elevado atractivo ornitológico, que es necesario mantener.

Por sus dimensiones, aunque se limita la navegación en las zonas y periodos más sensibles, se permite el uso recreativo del resto de las superficies del embalse, en las que la navegación es compatible con los objetivos de conservación planteados. Por tanto, es una actividad permitida sin coartar el desarrollo turístico del entorno.

 

 

Tema: Actualidad